Presupuesto de Egresos 2026
Revisa cómo va el ejercicio y entra al capítulo o a la partida que se esté quedando atrás
Ejecución por Capítulo de Gasto
Fuente: Sistema ARGUS GRP · Integración al · Cifras en pesos MXN · CONAC: Clasificación por objeto del gasto
Apertura de Ejercicio 2026
Deja el ciclo fiscal listo para operar: parámetros, presupuesto aprobado y saldos iniciales
Retomaste el asistente donde lo dejaste. El avance se guarda en este navegador (demo); en producción vive en ConfiguracionEjercicio y se puede abandonar y retomar desde cualquier sesión.
Datos del ejercicio
Prerequisitos
El Clasificador por Objeto del Gasto (CONAC) para 2026 lo precarga el sistema automáticamente — el municipio puede ampliarlo o reducirlo según sus necesidades, no requiere confirmación previa.
Presupuesto de Egresos aprobado
Fuentes de financiamiento — clasificador CONAC real. Las columnas usan el catálogo oficial de 2 dígitos (NOR_01_02_007): 11-17 No Etiquetado, 25-27 Etiquetado. Catálogo completo en Perfiles y Políticas §4.6.
Saldos iniciales
Regla de cuadre: la suma de saldos deudores debe igualar la suma de saldos acreedores. Sin cuadre no hay dictamen del Contador, y sin dictamen no hay apertura.
Momento presupuestal inicial: Aprobado
Asiento de apertura de saldos contables
RC-AE01 — validado. Solo los géneros 1 (Activo), 2 (Pasivo) y 3 (Hacienda Pública/Patrimonio) pasan saldo de un ejercicio a otro por este asiento. Confirmado por la experta 2026-08-11 contra dos fuentes CONAC independientes (`NOR_01_06_002` y `NOR_01_05_001`) — ver `05-handoff/reglas-contables.md`.
Resumen de la apertura
Confirmar deja el ejercicio con la integración contable completa: Egresos, Ingresos y Tesorería ya operaban desde el Paso 2 sin saldos (apertura parcial); esta confirmación agrega los saldos iniciales reconciliados. La autoriza el Tesorero — la aprobación de Cabildo/Congreso ya quedó registrada como nota de acta/decreto en el Paso 2.
Presupuesto por Capítulo de Gasto
Recorre el gasto del capítulo al concepto y genera el analítico por objeto del gasto CONAC
Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
| Clave COG | Descripción | Restricción | Aprobado | Aumento/Disminución | Modificado | Comprometido | Devengado | Pagado | Avance | Por Ejercer |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| TOTAL | Presupuesto Municipal | — | $1,833,000.00 | $12,200.00 | $1,845,200.00 | $827,760.00 | $748,000.00 | $695,070.00 | 40.8% | $1,097,200.00 |
Comprometido: recursos con proceso de compra o contrato iniciado · Devengado: obligación de pago reconocida · Pagado: transferencia ejecutada. Comprometido y Pagado se reportan por capítulo; el detalle por concepto llega hasta Devengado.
Presupuesto por Dependencia
Genera el analítico por unidad ejecutora y detecta quién se está quedando atrás
Ejecución Presupuestal por Dependencia
Fuente: Sistema ARGUS GRP · Clasificación administrativa conforme Ley Orgánica Municipal del Estado de Jalisco. Apertura CONAC (NOR_01_14_002, 1er nivel): las dependencias cuelgan del Órgano Ejecutivo Municipal (3.1.1.1.1); las Otras Entidades Paraestatales y organismos se presentan por separado cuando el ente las tiene.
Clasificación Económica del Gasto
Derivada del PEF: cada renglón (COG + Tipo de Gasto) se agrega en su concepto económico (NOR_01_12_001)
Clasificador derivado (no se captura). El nivel Corriente/Capital lo da el Tipo de Gasto; el concepto económico, el Capítulo/Concepto del COG (mapeo validado, CAT-ECON-01).
Clasificación Funcional del Gasto
Gasto agregado por Finalidad y Función (CONAC NOR_01_02_003) — derivado del PEF (CP-P05)
Clasificador funcional: agrupa el gasto por su propósito (Gobierno, Desarrollo Social, Desarrollo Económico, Otras no clasificadas). Derivado de la clasificación funcional de cada partida del Presupuesto de Egresos.
Clasificación por Tipo de Gasto
Gasto agregado por los tipos CONAC (Corriente, Capital, Amortización y disminución de pasivos, Pensiones, Participaciones) — NOR_01_14_002
Clasificador derivado del Presupuesto de Egresos (campo Tipo de Gasto de cada partida); no se captura.
Clasificación por Fuentes de Financiamiento
Gasto agregado por la fuente de financiamiento de cada partida (NOR_01_02_007) — derivado del PEF
Clasificador derivado del Presupuesto de Egresos (campo Fuente de cada partida); distingue recursos fiscales, participaciones y recursos etiquetados.
Prioridades de Gasto
Las prioridades de política de gobierno a las que se orienta el Presupuesto de Egresos (NOR_01_14_002)
Cada ente define sus prioridades en la exposición de motivos del Presupuesto de Egresos; aquí se presentan con su importe asignado (parámetro por municipio, cifras DEMO).
Programas Presupuestarios
Padrón de Programas Presupuestarios (Pp) del ejercicio — Presupuesto basado en Resultados (PbR-SED)
Constructor de Reportes
Cruza momentos y dimensiones a demanda — sirve tanto para Cuenta Pública como para análisis interno
Elige qué cruzar
Aprobado, Ejercido y Pagado se agregan cuando el fixture del prototipo los lleve a nivel de partida (hoy Aprobado/Pagado solo existen agregados por capítulo, en el Tablero). Este constructor no sustituye los documentos fijos de §7 de la ficha — los complementa para lo que no tiene formato fijo.
Resultado
Cierre de periodos presupuestales
Concilia, cierra y —solo con motivo y rol de Tesorero— reabre un periodo mensual o el ejercicio anual
Un periodo cerrado bloquea captura retroactiva: ninguna Adecuación Presupuestal, cobro de Caja (Ingresos) o momento del gasto puede registrarse con fecha dentro de él. Precondición dura para cerrar: el periodo debe estar Conciliado — reutiliza la conciliación bancaria que Ingresos hace en F6/F7 y la que Egresos/Contabilidad ya hacen; este módulo no repite ese cálculo.
Adecuaciones Presupuestales
Ampliaciones, reducciones y traspasos al presupuesto de Egresos y a la Ley de Ingresos — con quién los autorizó y en qué dejaron el modificado
El acta de Cabildo se exige por tipo de gasto y fuente de financiamiento, no por monto: siempre para capítulo 1000, obra pública, recursos etiquetados y ampliaciones/disminuciones; para transferencias entre partidas, según lo configure cada ente en Perfiles → Hacienda (DEV-99).
Egresos: del aprobado al modificado, movimiento por movimiento
Egresos: cuadre del ejercicio
Movimientos presupuestales
Consulta momento por momento qué movió el techo de cada clave presupuestal y cuándo
Momentos del gasto y del ingreso conforme LGCG Art. 38. El ledger no se edita ni se borra: una corrección se registra como reverso con su propia referencia de evento (regla PRES-114, idempotencia).
Calendario de partida
Revisa cuánto toca gastar cada mes por partida y aprueba el calendario cuando todas cuadren
Reparto en doceavos (atajo del flujo F3 de la ficha): el Responsable de Presupuesto ajusta después la estacionalidad real —aguinaldo en diciembre, energía alta en verano—. La regla dura PRES-020 exige que la suma de los doce meses iguale el monto anual de cada partida antes de aprobar. La estructura base mensual sigue NOR_01_14_005 (Calendario de Egresos base mensual) y se publica a más tardar el 31 de enero (LGCG Art. 66).
Calendario de Ingresos
Distribución mensual de la Ley de Ingresos por concepto CRI — obligación de publicación al 31 de enero (LGCG Art. 66)
Reparto en doceavos como base (mismo atajo que el calendario de Egresos, F3): el Tesorero ajusta la estacionalidad real (predial concentrado en enero-marzo por descuento, participaciones según el calendario SHCP). NOR_01_14_004 exige el desglose mínimo a nivel Tipo del CRI — este calendario lo lleva a nivel de concepto, que es más detallado, no menos.
Indicadores LDF
Genera el reporte de disciplina financiera del corte y revisa qué indicador quedó en observación
Indicadores de Disciplina Financiera — LDFEFM
Fondos federales etiquetados destino: el 1.3% restante de fondos FISM corresponde a gastos de operación autorizados dentro del límite del 3% permitido por la Ley de Coordinación Fiscal.
Historial de Cumplimiento LDF — Enero a Mayo 2026
Fuente: Integración mensual ARGUS GRP · Cifras calculadas conforme metodología SHCP · Ingresos Locales Propios (ILP) base 2025: $165,200
Ley de Ingresos 2026
Genera el Formato LDF-5 y compara concepto por concepto lo estimado contra lo que ya entró a caja
Estimado contra recaudado por bloque de ingreso
Momentos contables CONAC (Art. 4 LGCG): estimado = aprobado en Ley de Ingresos · modificado = ajustado por adecuaciones · devengado = derecho de cobro nacido · recaudado = ingresado efectivamente a cuentas municipales. El módulo de Ingresos actualiza devengado y recaudado en tiempo real. Brecha = estimado − recaudado.
Modificar el monto oficial de la Ley de Ingresos requiere tres pasos (regla de la experta, 2026-08-10): Tesorero propone → Cabildo autoriza el envío al Congreso del Estado (no aprueba el monto) → Congreso aprueba y emite el decreto. Solo con el decreto se actualiza la columna Modificado. Toda propuesta, autorizada o no, vive en la bandeja compartida "Adecuaciones Presupuestales" (filtra por ala «Ingresos»).
Saldo Disponible por Partida (COG)
Verifica qué queda libre en cada partida y tramita la adecuación cuando no alcanza
Objetivos, metas y riesgos relevantes
Información que la LDF (Art. 5 y 18) exige junto a la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos
Objetivos anuales, estrategias y metas
Descripción de riesgos relevantes y propuestas de acción
Paquete de Aprobación
La información adicional que CONAC y la LDF exigen al presentar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos para su aprobación
—
Iniciativa de Ley de Ingresos
—
Proyecto de Presupuesto de Egresos
—
Presupuesto de Egresos
Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal — exposición de motivos, considerandos y cuadros CONAC/LDF
Presentación
Integrantes del :
Con fundamento en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución Política del Estado de , en la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal aplicable y en , se somete a la consideración de este Honorable Cabildo el Proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal , por un monto total de , armonizado conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y a las normas del CONAC, y en equilibrio con la Ley de Ingresos del mismo ejercicio.
Exposición de motivos
El Presupuesto de Egresos es el instrumento que asigna los recursos públicos municipales entre las dependencias, los programas y los proyectos, conforme a las prioridades del gobierno municipal y a los objetivos del Plan Municipal de Desarrollo. Para el ejercicio asciende a , cantidad igual a los ingresos estimados en la Ley de Ingresos, con lo que se cumple el principio de equilibrio presupuestario.
La asignación prioriza los servicios públicos de mayor demanda —seguridad ciudadana, agua potable y saneamiento, alumbrado, limpia, parques y vialidades— y preserva la inversión pública en infraestructura social básica, financiada en buena parte con recursos federales etiquetados (FISM/FAIS y FORTAMUN), que se ejercen en su destino específico conforme a la Ley de Coordinación Fiscal.
El gasto en servicios personales se contiene dentro del límite de crecimiento que fija la Ley de Disciplina Financiera (Art. 10) y se sustenta en el analítico de plazas autorizadas; la amortización de la deuda se programa conforme al calendario de vencimientos, y el conjunto del gasto se presenta bajo los clasificadores que exige el CONAC, de modo que cada peso pueda seguirse por capítulo, por dependencia, por función, por fuente de financiamiento y por programa.
Política de gasto, racionalidad y austeridad
El ejercicio del gasto para se rige por los principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas. La programación se alinea con el Plan Municipal de Desarrollo y con las obligaciones que el artículo 115 constitucional impone al Municipio: agua potable, drenaje y saneamiento; alumbrado; limpia y disposición de residuos; calles, parques y jardines; y seguridad pública y vialidad.
El gasto en servicios personales se contiene dentro del límite del artículo 10 de la Ley de Disciplina Financiera y se sustenta en el analítico de plazas, previendo el aumento gradual de las cuotas de seguridad social y de las aportaciones al fondo de pensiones. La inversión pública se concentra en infraestructura social básica financiada con FISM/FAIS, y el servicio de la deuda se programa conforme al calendario de vencimientos, preservando un endeudamiento sostenible según el Sistema de Alertas.
Considerandos
I. Que el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta a los ayuntamientos para aprobar su Presupuesto de Egresos con base en sus ingresos disponibles.
II. Que el artículo 61 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental obliga a presentar el Presupuesto de Egresos conforme a los clasificadores administrativo, funcional, económico, por objeto del gasto, por tipo de gasto y por fuente de financiamiento que emite el CONAC.
III. Que la Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto de Presupuesto de Egresos (NOR_01_14_002) exige acompañarlo de las clasificaciones señaladas, de las prioridades de gasto, de los programas y proyectos y del analítico de plazas.
IV. Que los artículos 5, 6, 18 y 19 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios obligan a presentar un presupuesto con balance presupuestario de recursos disponibles sostenible, acompañado de objetivos anuales, proyecciones y resultados a un horizonte que depende de la población del ente —cinco años para municipios de 200,000 habitantes o más, como el presente, con habitantes—, de la descripción de riesgos relevantes y del estudio actuarial de las obligaciones de pensiones.
V. Que regula la programación, presupuestación y el ejercicio del gasto público en el ámbito municipal; la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria es de orden federal y no resulta aplicable a los municipios.
VI. Que el presente Presupuesto de Egresos guarda equilibrio con la Ley de Ingresos del mismo ejercicio, por lo que se somete a su aprobación con los clasificadores y la información adicional que se detallan en el articulado y los anexos.
Proyecto de Decreto — articulado
Artículo 1. El Presupuesto de Egresos del Municipio de para el ejercicio fiscal importa la cantidad de , que se ejercerá conforme a las clasificaciones y los anexos del presente Decreto.
Artículo 2. El gasto se distribuye entre las dependencias y unidades responsables conforme a la Clasificación Administrativa, y por objeto del gasto, función, tipo de gasto y fuente de financiamiento según los cuadros anexos.
Artículo 3. Las remuneraciones del personal se cubrirán conforme al tabulador autorizado y al analítico de plazas; su crecimiento se sujeta al límite de la Ley de Disciplina Financiera.
Artículo 4. Los recursos federales etiquetados se aplicarán exclusivamente a su destino específico; su reasignación a fines distintos queda prohibida.
Artículo 5. El gasto se ejercerá con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez (Art. 134 constitucional). Ningún egreso podrá efectuarse sin que exista partida con saldo suficiente para cubrirlo, y la Tesorería Municipal solo pagará compromisos efectivamente devengados, salvo los anticipos justificados conforme a la ley.
Artículo 6. No se otorgarán remuneraciones ni percepciones distintas a las establecidas en este Presupuesto y en el tabulador de sueldos; no podrán distraerse los recursos municipales a fines distintos de los señalados por las leyes y por este Decreto.
Artículo 7. Las adecuaciones presupuestarias se autorizarán conforme a la normatividad aplicable, respetando el equilibrio presupuestario y las partidas de carácter intocable de la LDF. Los subejercicios, economías e ingresos excedentes se destinarán preferentemente a la amortización de la deuda, al pago de ADEFAS y pasivos y a los fondos de pensiones y desastres naturales; los excedentes de libre disposición podrán destinarse a gasto corriente hasta en un 5%, con endeudamiento sostenible (Art. 14 LDF).
Artículo 8. La información adicional que el CONAC y la Ley de Disciplina Financiera exigen se integra en los anexos que forman parte del presente Decreto.
Anexo I — Clasificación por Objeto del Gasto (COG): capítulo → partida
Fundamento y contenido. El Clasificador por Objeto del Gasto ordena las erogaciones según su naturaleza económica en capítulos, conceptos y partidas (CONAC, NOR_01_02_006). Su presentación es obligatoria conforme al artículo 61, fracción II, de la LGCG y a la NOR_01_14_002, y equivale al Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos (NOR_01_09_002). Es la fuente autoritativa del total aprobado. Usa el filtro de nivel para ver solo capítulos o partidas.
El gasto corriente asciende a () y la inversión de capital a ().
Anexo II — Clasificación Administrativa (por dependencia)
Fundamento y contenido. La clasificación administrativa identifica a las dependencias y unidades responsables que ejercen el gasto (CONAC, NOR_01_02_002). Las dependencias del Municipio desagregan del nodo CONAC 3.1.1.1.1 "Órgano Ejecutivo Municipal (Ayuntamiento)". Se presenta la estructura completa con la asignación de cada dependencia.
Anexo III — Clasificación Funcional del Gasto (finalidad → función)
Fundamento y contenido. La clasificación funcional agrupa el gasto por finalidad y función, es decir, por el propósito al que se destina (CONAC, NOR_01_02_003). Permite saber cuánto se gasta en gobierno, en desarrollo social y en desarrollo económico. Se deriva de la asignación de cada dependencia a su función; cuadra con el total aprobado.
Anexo IV — Clasificación por Tipo de Gasto
Fundamento y contenido. Relaciona las transacciones del gasto con los grandes agregados económicos en cinco tipos (CONAC, NOR_01_14_002): gasto corriente, de capital, amortización de la deuda y disminución de pasivos, pensiones y jubilaciones, y participaciones. Se deriva de las partidas del gasto.
Anexo V — Clasificación Económica del Gasto
Fundamento y contenido. Ordena el gasto según su naturaleza económica (CONAC, NOR_01_12_001): corriente, de capital, participaciones y amortización. Es base del Balance Presupuestario de la LDF.
Anexo VI — Clasificación por Fuentes de Financiamiento
Fundamento y contenido. Identifica el origen de los recursos que financian el gasto (CONAC, NOR_01_02_007), distinguiendo los de libre disposición de los etiquetados. Es relevante porque los recursos etiquetados solo pueden ejercerse en su destino específico; el gasto etiquetado iguala al ingreso etiquetado.
Anexo VII — Prioridades de Gasto
Fundamento y contenido. Expresan los objetivos de política pública a los que el Municipio destina mayores recursos (CONAC, NOR_01_14_002), alineadas con el Plan Municipal de Desarrollo.
Anexo VII-bis — Clasificación por Eje Temático (Plan Municipal de Desarrollo)
Fundamento y contenido. Además de las clasificaciones del CONAC, el gasto se vincula con los ejes del Plan Municipal de Desarrollo, en cumplimiento de la Ley de Planeación y del artículo 61 de la LGCG (alineación del presupuesto a la planeación). Muestra a qué objetivos estratégicos del gobierno municipal se destinan los recursos; cuadra con el total aprobado.
Anexo VIII — Programas y Proyectos (PbR)
Fundamento y contenido. La clasificación programática (CONAC, NOR_01_02_004) identifica los programas presupuestarios y su modalidad conforme a la tipología general; es la base del Presupuesto basado en Resultados (PbR) y del Sistema de Evaluación del Desempeño.
Anexo IX — Analítico de plazas
Fundamento y contenido. Muestra las plazas autorizadas que sustentan el gasto del Capítulo 1000 (CONAC, NOR_01_14_002). El detalle por puesto, nivel y tabulador se administra en el módulo de Recursos Humanos.
Anexo IX-bis — Límite de Servicios Personales (Capítulo 1000, Art. 10 LDF)
Fundamento y contenido. El artículo 10, fracción I, de la LDF fija el límite de crecimiento del gasto en servicios personales: se parte del monto aprobado el ejercicio anterior, se actualiza por la inflación estimada y se le aplica la menor entre el 3% y el crecimiento real del PIB de los Criterios Generales de Política Económica (metodología INDETEC). El Capítulo 1000 propuesto debe ubicarse dentro de ese techo; los porcentajes son DEMO.
Anexo X — Objetivos anuales, estrategias y metas
Fundamento y contenido. La LDF (Art. 5, fracción I, y Art. 18) obliga a acompañar el presupuesto de objetivos anuales, estrategias y metas, alineados con el Plan Municipal de Desarrollo.
Anexo XI — Descripción de riesgos relevantes
Fundamento y contenido. La LDF (Art. 5, fracción IV, y Art. 18) obliga a describir los riesgos relevantes para las finanzas públicas y las propuestas de acción correspondientes.
Anexo XII — Proyecciones de Egresos (Formato 7b, LDF)
Fundamento y contenido. El artículo 5, fracción II, de la LDF exige proyectar los egresos del ejercicio y de los cinco años subsecuentes (horizonte por población). El crecimiento es un supuesto DEMO (~3% anual) y el balance de recursos disponibles se mantiene en equilibrio.
Anexo XII-bis — Resultados de Egresos (Formato 7d, LDF)
Fundamento y contenido. Resultados de los egresos de los últimos cinco ejercicios y el vigente, con el mismo horizonte de la proyección (LDF, Art. 5), para evaluar la consistencia del gasto con lo presupuestado.
Anexo XIII — Estudio actuarial (resumen, Formato 8)
Fundamento y contenido. La LDF (Art. 5, fracción VI, y Art. 18 y 30) obliga a acompañar el presupuesto del resultado del estudio actuarial de las obligaciones de pensiones y jubilaciones. El estudio completo se presenta en Disciplina Financiera (Formato 8). Los conteos de población están en unidades; los importes a escala DEMO.
Anexo XIV — Calendario de Egresos base mensual
Fundamento y contenido. La estructura del calendario de egresos base mensual la define el CONAC (NOR_01_14_005). En el demo se distribuye el total aprobado en doceavos; el total anual cuadra con el Anexo I.
Firmas
Se somete a la consideración y aprobación del .
Tesorero(a) Municipal
Estados por Fuente de Financiamiento
Estado Analítico de Ingresos y del Ejercicio del Presupuesto de Egresos por fuente/fondo — por defecto, el global del municipio
Fundamento y contenido. Presenta los ingresos y los egresos del ejercicio clasificados por fuente de financiamiento (CONAC, NOR_01_02_007; LDF Formatos 5 y 6), distinguiendo los recursos de libre disposición de los etiquetados. Cada póliza del sistema lleva su fuente, por lo que los estados se derivan de la misma información contable. Por defecto se muestra el global del municipio; al elegir una fuente, los recursos etiquetados cuadran su ingreso con su egreso (balance por fondo = 0). Cifras DEMO a escala ÷1000.
Estado Analítico de Ingresos —
Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
Balance por fuente
Conexiones con otros módulos
Qué información sale sola de Presupuesto, a qué módulo llega y qué trámite detiene cuando no cuadra.